🐴 Nueva Normativa SAG para Equinos: ¡Lo que debes saber!

1. Identificación Obligatoria (Microchip)

  • Todos los equinos, mulares y asnales en Chile deben contar con un Dispositivo de Identificación Individual Oficial (DIIO).
  • El DIIO consiste en un microchip inyectable (RFID) con un número único e irrepetible.

2. ¿Quién es el responsable?

  • La responsabilidad recae en el titular del establecimiento (dueño o encargado del predio donde están los animales).
  • Él debe asegurar que todos los animales estén identificados y registrados en el Sistema de Información Pecuaria Oficial.

3. Plazos para la Identificación

  • Los animales deben ser identificados antes de los 12 meses de edad.
  • Si el animal se va a mover del predio antes de esa edad, debe identificarse y registrarse antes del traslado.

4. Aplicación del Microchip

  • Quién: Debe ser aplicado por un médico veterinario o técnico con experiencia en la especie.
  • Dónde: En el ligamento nucal, tercio medio del lado izquierdo del cuello.

5. Plazos de Registro y Avisos

  • Nuevo microchip: Informar al SAG en un plazo de 5 días hábiles tras la aplicación.
  • Muerte del animal: Informar la baja en un plazo de 5 días hábiles.
  • Microchips antiguos: Si tu caballo ya tenía un chip antes de esta ley, tienes 30 días desde que entre en vigencia para informarlo al SAG y validarlo como oficial.

6. Movimiento de Animales (FMA)

  • Todo traslado en transporte debe ir con su Formulario de Movimiento Animal (FMA), indicando los 15 dígitos del microchip.
  • Ojo: Los centros ecuestres solo podrán emitir FMA en formato electrónico.

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📅 ¿Cuándo empieza a regir?

  • Centros Ecuestres: A contar de finales de marzo de 2026 (30 días tras la publicación).
  • Otros tenedores: A contar de finales de agosto de 2026 (6 meses tras la publicación).

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